Orientación Necesaria Previo a la Radicación de Quiebra

El 17 de abril de 2005 el presidente de los Estados Unidos firmó la “Ley de Prevención de Abuso de Quiebra y Protección al Consumidor” donde se requiere que los clientes que decidan radicar quiebra bajo un Capítulo 7 o 13, tienen que recibir orientación previa a la radicación de quiebra.

Durante la orientación, un Consejero de Vivienda Certificado por HUD evaluará su situación económica personal, le hablará de las alternativas a la bancarrota y le ayudará a crear un presupuesto personal de acuerdo a sus recursos y sus necesidades. El consejero revisará sus ingresos, gastos, activos y deudas. Este proceso ayudará a conocer su situación financiera real. El consejero trabajará con usted para desarrollar un plan de gastos razonable, un plan de acción detallado y lo ayudará a establecer metas financieras a corto y largo plazo.

Los documentos necesarios para poder realizar una orientación completa son:

• Evidencia de sus ingresos: talonarios de cheques de pago o estado de cuenta bancario.
• Los estados de cuenta más recientes de sus tarjetas de crédito.
• Lista con el nombre de sus acreedores, el balance y el pago mensual.
• Las libretas de sus préstamos personales, hipoteca y/o automóvil.
• Recibo de sus gastos mensuales: agua, luz, teléfono, celular, etc.

Si desea concertar una cita con uno de nuestros consejeros para una sesión de orientación antes de la radicación de quiebra llame al 1-787-765-3235 o al 1-787-296-1785 o al 1-787-777-4646

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Teléfonos

 

San Juan > 1-787-765-3235
 
San Juan > 1-787-296-1785
 
San Juan > 1-787-777-4646
 
Arecibo > 1-787-881-2951
 
Humacao > 1-939-287-5181

 

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